Art. 1
En vigor desde 16 jun 2005
Artículo 1
Para las ofertas comunicadas del 10 al 16 de junio de 2005 en el marco de la licitación contemplada en el Reglamento (CE) no 1757/2004, la restitución máxima a la exportación de cebada se fijará en 12,75 EUR/t.
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