Art. 3
En vigor desde 26 may 2005
Artículo 3
1. No obstante lo dispuesto en el artículo 3, apartado 2, del Reglamento (CEE) no 75/91, las ofertas deberán presentarse por lotes completos.
2. No obstante lo dispuesto en el artículo 13, apartado 1, del Reglamento (CEE) no 75/91, las ofertas se establecerán por referencia a la calidad real del lote a que se refiere la oferta.
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