Art. 1

Art. 1

En vigor desde 15 abr 2005
Artículo 1 El organismo de intervención griego convoca, en las condiciones fijadas por el Reglamento (CEE) no 75/91, una licitación permanente para la reventa en el mercado interior de las cantidades de arroz con cáscara en su posesión que figuran en el anexo al presente Reglamento.
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