Art. 1

Art. 1

En vigor desde 31 mar 2005
Artículo 1 Se fijan, con arreglo al anexo del presente Reglamento, las restituciones a la exportación de los productos contemplados en la letra d) del apartado 1 del artículo 1 del Reglamento (CE) no 1784/2003 y en la letra c) del apartado 1 del artículo 1 del Reglamento (CE) no 3072/95 y sujetos al Reglamento (CE) no 1518/95.
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