Art. 18
Fecha de presentación de las solicitudes de ayuda
En vigor desde 7 mar 2005
Artículo 18
Fecha de presentación de las solicitudes de ayuda
1. Para obtener la ayuda a que se refiere el artículo 4 del Reglamento (CE) no 1786/2003, la empresa de transformación presentará una solicitud de ayuda por las salidas de dicha empresa que hayan tenido lugar durante un mes determinado, a más tardar cuarenta y cinco días civiles después de que finalice dicho mes.
2. Salvo en caso de fuerza mayor o de circunstancias excepcionales:
a)
la presentación de solicitudes tras el vencimiento del plazo mencionado en el apartado 1 dará lugar a una reducción del 1 % por día hábil de los importes a los que habría tenido derecho la empresa si hubiera presentado su solicitud en los plazos establecidos;
b)
en caso de que el retraso sea de más de 25 días civiles, se desestimará la solicitud.
3. Salvo en caso de fuerza mayor o de circunstancias excepcionales, no se podrá presentar ninguna solicitud de ayuda con cargo a una campaña después del 15 de abril siguiente al final de dicha campaña.
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