Art. 4 · Plazos

Art. 4

Plazos

En vigor desde 8 feb 2005
Artículo 4 Plazos Las características técnicas fundamentales de las nuevas instalaciones serán declaradas a la Comisión conforme a lo previsto en el apartado 1, artículo 3, al menos 200 días antes de la fecha prevista para la primera recepción de los materiales nucleares. En el caso de las nuevas instalaciones con un inventario o cantidad tratada anual de materiales nucleares de más de un kilogramo efectivo, toda la información pertinente relativa al propietario, al operador, al propósito, a la ubicación, al tipo, a la capacidad y a la fecha prevista de entrada en servicio será notificada a la Comisión al menos doscientos días antes de dar inicio a la construcción. Los cambios en las características técnicas fundamentales para los que no se requiere notificación previa como se indica en las disposiciones particulares de control establecidas en el artículo 6, se comunicarán a la Comisión en un plazo de 30 días después de terminar la modificación. Las instalaciones en el territorio de los Estados adherentes a la Unión Europea comunicarán a la Comisión sus características técnicas fundamentales en un plazo de 30 días a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento en dicho Estado, excepto en lo que se refiere al tratamiento o almacenamiento de residuos, cuyas características técnicas fundamentales se notificarán en un plazo de 120 días a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento en dicho Estado. Las instalaciones de tratamiento o almacenamiento de residuos existentes comunicarán a la Comisión las características técnicas fundamentales de su instalación en un plazo de 120 días a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento, utilizando el cuestionario cuyo modelo figura en el anexo I. En el caso de las demás instalaciones existentes, cualquier información adicional requerida en el cuestionario cuyo modelo figura en el anexo I se facilitará en un plazo de 120 días a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento.
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