Art. 5

Art. 5

En vigor desde 26 ene 2005
Artículo 5 Los Estados miembros remitirán a la Comisión las ofertas presentadas a más tardar una hora y media después de la expiración del plazo de presentación semanal de ofertas previsto en el anuncio de licitación, y utilizarán el formulario que figura en el anexo. En caso de que no haya ofertas, los Estados miembros informarán de ello a la Comisión en el plazo contemplado en el párrafo anterior. Las horas fijadas para la presentación de ofertas son las de Bélgica.
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