Art. 1
En vigor desde 20 ene 2005
Artículo 1
Para las ofertas comunicadas el 14 al 20 de enero de 2005 en el marco de la licitación contemplada en el Reglamento (CE) no 1757/2004, la restitución máxima a la exportación de cebada se fijará en 17,97 EUR/t.
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