Art. 3 · Fijación de las posibilidades de pesca

Art. 3

Fijación de las posibilidades de pesca

En vigor desde 22 dic 2004
Artículo 3 Fijación de las posibilidades de pesca Las posibilidades de pesca de poblaciones de especies de aguas profundas para los buques comunitarios serán las que se indican en el Anexo.
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