Art. 5

Art. 5

En vigor desde 26 nov 2004
Artículo 5 Las ofertas presentadas deberán llegar a la Comisión por mediación de los Estados miembros, a más tardar una hora y media después de la expiración del plazo de presentación de las ofertas, fijado en el anuncio de licitación. Deberán remitirse con arreglo al cuadro que figura en el anexo. En caso de que no se presenten ofertas, los Estados miembros informarán de ello a la Comisión en el plazo indicado en el primer párrafo.
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