Art. 3 · Requisitos generales

Art. 3

Requisitos generales

En vigor desde 27 oct 2004
Artículo 3 Requisitos generales 1.   Los materiales y objetos, incluidos los materiales y objetos activos e inteligentes, habrán de estar fabricados de conformidad con las buenas prácticas de fabricación para que, en las condiciones normales o previsibles de empleo, no transfieran sus componentes a los alimentos en cantidades que puedan: a) representar un peligro para la salud humana, o b) provocar una modificación inaceptable de la composición de los alimentos, o c) provocar una alteración de las características organolépticas de éstos. 2.   El etiquetado, la publicidad y la presentación de los materiales u objetos no deberán inducir a error a los consumidores.
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