Art. 3

Art. 3

En vigor desde 12 jul 2004
Artículo 3 El organismo contemplado en el primer párrafo del artículo 2 publicará un anuncio de licitación a más tardar tres días antes de la fecha de expiración del primer plazo de presentación de las ofertas. El anuncio de licitación fijará en particular: a) los plazos de presentación de cada licitación parcial y la dirección donde se deberán presentar las ofertas; b) las cantidades mínimas a que podrán referirse las ofertas; c) las garantías que se depositarán y las condiciones para su liberación; d) las principales características físicas y técnicas de los distintos lotes; e) los lugares de almacenamiento y el nombre y dirección del almacenista; f) las condiciones de pago. El plazo de presentación de las ofertas para la primera licitación parcial se fija en el quinto día hábil siguiente al de la publicación del presente Reglamento en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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