Art. 1
En vigor desde 27 may 2004
Artículo 1
Los coeficientes de atribución que figuran en el anexo del presente Reglamento se aplicarán a las cantidades para las que se han solicitado certificados de importación en relación con los productos de los contingentes contemplados en la parte I.A, en los puntos 5 y 6 de la parte I.B y e n las partes I.F y I.H del anexo I del Reglamento (CE) no 2535/2001, presentadas para el período comprendido entre el 1 y el 10 de mayo de 2004.
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