Art. 1
En vigor desde 18 may 2004
Artículo 1
Se aceptan los compromisos ofrecidos por los productores exportadores que se indican a continuación en relación con el procedimiento antidumping correspondiente a las importaciones de nitrato de amonio originarias de Ucrania y la Federación de Rusia.
País
Empresa
Código TARIC adicional
Ucrania
Producido y exportado por OJSC «Azot», de Cherkasy (Ucrania), al primer cliente independiente de la Comunidad que actúe como importador
A521
Federación de Rusia
Producido por OJSC MCC Eurochem, de Moscú (Rusia), en sus instalaciones de JSC Nak Azot, de Novomoskovsk (Rusia) y vendido por Cumberland Sound Ltd., de Tórtola (Islas Vírgenes Británicas) al primer cliente independiente de la Comunidad que actúe como importador
A522
Federación de Rusia
Producido y exportado por Joint Stock Company «Acron», Veliky Novgorod (Rusia) o Joint Stock Company «Dorogobuzh» Verkhnedneprovsky, Smolensk Region (Rusia) al primer cliente independiente de la Comunidad que actúe como importador
A532
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2004:1001:oj#art-1