Art. [Apartado] 2
Capítulo PARTE PRIMERA

Art. [Apartado] 2

2 / 47
En vigor desde 13 nov 1922
La rehabilitación se solicitará mediante instancia dirigida a S. M. el Rey en papel timbrado común de la clase octava (una peseta) o en papel común reintegrado con timbre móvil equivalente. Dicha petición habrá de presentarse en el Registro general de la Subsecretaría del Ministerio de Gracia y Justicia, y deberá ir suscrita personalmente por el interesado o persona que en derecho le represente, así como por el cónyuge cuando se trate de mujer casada y no separada legalmente.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/1922/10/21/(1)#apartado-2