Real Decreto-ley de 25 de abril de 1928, que aprueba el Estatuto sobre la explotación de manantiales de aguas minero-medicinales
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Real Decreto-ley de 25 de abril de 1928, que aprueba el Estatuto sobre la explotación de manantiales de aguas minero-medicinales

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De la propiedad de las aguas minero-medicinales y de sus derechos y obligaciones
Del uso de las marcas, envases y etiquetas en la explotación de aguas minero-medicinales
Del expediente sobre declaración de utilidad pública y demás trámites que han de preceder a la explotación de aguas minero-medicinales
De la asistencia médica en los Establecimientos balnearios de aguas minero-medicinales y del régimen de éstos
De la inspección sanitaria en los Establecimientos de aguas minero-medicinales y en el embotellamiento de las aguas y obligaciones relacionadas con éste
De la Asociación Nacional de la Propiedad Balnearia y de la mejora y fomento de la riqueza hidra-medicinal
Sobre multas y otras sanciones
capo DISPOSICIONES TRANSITORIAS
capo Relación de los balnearios comprendidos en el apartado A) del artículo 34 del Estatuto
capo Relación de los balnearios comprendidos en el apartado B) del articulo 34 del Estatuto