Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición final tercera
12 / 12En vigor desde 12 jul 2015
El presente Real Decreto-ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rdl/2015/07/10/9#disposicion-final-tercera