Título TÍTULO II
Art. Disposición final segunda
18 / 20En vigor desde 20 ago 2011
Este Real Decreto-ley se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.14.ª, 16.ª y 17.ª de la Constitución.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rdl/2011/08/19/9#disposicion-final-segunda