Título CAPÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición final octava
25 / 25En vigor desde 28 jun 2009
El presente real decreto-ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
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Proeli/es/rdl/2009/06/26/9#disposicion-final-octava