Art. Disposición adicional undécima
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición adicional undécima

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En vigor desde 30 nov 2024
La autorización excepcional prevista en el artículo 74.1 del Real Decreto-ley 7/2024 de, 11 de noviembre, comprenderá también las actuaciones que realicen ADIF y ADIF-Alta Velocidad para la reparación de infraestructuras ferroviarias, instalaciones y zonas de servicio ferroviario u otros elementos adyacentes, cuando se estimen necesarias, en los territorios afectados por la DANA.
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eli/es/rdl/2024/11/28/8#disposicion-adicional-undecima