Título TÍTULO I
Art. 11
11 / 80En vigor desde 30 nov 2024
Se podrán presentar y tramitar solicitudes relativas a vehículos adquiridos en el período comprendido entre el 30 de octubre de 2024 y el 15 de enero de 2025.
En este caso, el procedimiento de formalización y presentación de solicitudes de ayuda será el mismo que el indicado en el artículo 9 de este título, con la siguiente salvedad: en lugar del documento justificativo de pedido del vehículo indicado en el apartado 2.c), numerales 5.º y 9.º, de dicho artículo, se remitirá la factura emitida en el momento de la venta de dicho vehículo.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rdl/2024/11/28/8#art-11