Art. Disposición transitoria octava
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 3.ª Otras medidas

Art. Disposición transitoria octava

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En vigor desde 1 ene 2024
Se suspende lo establecido en el apartado 1.a) 4.º de la disposición transitoria decimosexta del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.
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