Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 3.ª Otras medidas
Art. Disposición adicional undécima
102 / 128En vigor desde 29 dic 2023
En el convenio que se suscriba al amparo de la disposición adicional centésima décima novena de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, podrá efectuarse el desembolso anticipado de las aportaciones a la Generalitat de Catalunya, hasta los límites determinados por las normas de aplicación, sin que sea necesario prestar la garantía que legalmente fuera exigible.
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Proeli/es/rdl/2023/12/27/8#disposicion-adicional-undecima