Art. Disposición adicional séptima
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 3.ª Otras medidas

Art. Disposición adicional séptima

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En vigor desde 29 dic 2023
Se reconoce una dotación extraordinaria para 2024 destinada a las entidades locales por los saldos globales negativos de las liquidaciones de la participación en tributos del Estado relativas al ejercicio 2020 por el importe que quede pendiente de reintegrar a 1 de enero de 2024. A estos efectos será de aplicación la disposición adicional octogésima segunda de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, considerando realizadas a 2024 las referencias que aquélla hace a 2023.
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