Art. 43
Capítulo CAPÍTULO V

Art. 43

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En vigor desde 20 sept 2020
(Derogado) Se deroga por la disposición derogatoria única.2 de la Ley 3/2020, de 18 de septiembre. Ref. BOE-A-2020-10923#dd Téngase en cuenta que este artículo ya fue derogado por el Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril. Se deroga por la disposición derogatoria única del Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril. Ref. BOE-A-2020-4705#dd

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rdl/2020/03/17/8#art-43