Art. Disposición adicional primera

Art. Disposición adicional primera

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En vigor desde 31 mar 2019
(Derogada) Se deroga, en la redacción dada por la disposición final 43 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, por la disposición derogatoria única.2º del Real Decreto-ley 9/2019, de 29 de marzo. Ref. BOE-A-2019-4668#dd Véase la disposición adicional 2 del citado Real Decreto-ley en cuanto a normativa convencional. Se modifica por la disposición final 43 de la Ley 6/2018, de 3 de julio. Ref. BOE-A-2018-9268#df-44

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Pro

eli/es/rdl/2017/05/12/8#disposicion-adicional-primera