Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 6.ª Despliegue ordenado de las renovables
Art. Disposición final séptima
48 / 48En vigor desde 25 jun 2025
El presente real decreto-ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», excepto el artículo 32 que entrará en vigor el 24 de junio de 2025.
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Proeli/es/rdl/2025/06/24/7#disposicion-final-septima