Art. 54
Título TÍTULO VII

Art. 54

54 / 119
En vigor desde 13 nov 2024
La suspensión de los procedimientos de recaudación de las cuotas de Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta, del artículo 21 del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, será de aplicación igualmente a los recursos objeto de la gestión recaudatoria de la Seguridad Social distintos a cuotas.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rdl/2024/11/11/7#art-54