Art. Disposición final quinta

Art. Disposición final quinta

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En vigor desde 21 dic 2023
Mantienen su rango de real decreto todos los preceptos de rango reglamentario modificados en este real decreto-ley, que podrán ser modificados por una norma de ese mismo rango. En consecuencia, podrán ser modificados por una norma de ese mismo rango.
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