Art. Disposición transitoria única
Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición transitoria única

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En vigor desde 31 mar 2022
Si se produce la declaración de suministradores de alto riesgo en los términos indicados en la disposición adicional cuarta y ello trae como consecuencia que los operadores 5G tienen que sustituir los equipos, productos o servicios proporcionados por dichos suministradores 5G, los operadores 5G dispondrán de un plazo de cinco años a contar desde que los suministradores 5G hayan sido calificados de alto riesgo para llevar a cabo dicha sustitución en los elementos críticos de red relativos a las funciones del núcleo de la red y a los sistemas de control y gestión y los servicios de apoyo, así como de un plazo de dos años a contar desde que los suministradores 5G hayan sido calificados de alto riesgo para llevar a cabo dicha sustitución en los elementos críticos de red relativos a la red de acceso en aquellas zonas geográficas y ubicaciones conforme a lo establecido en el artículo 12.3.c).
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