Título TÍTULO III
Art. Disposición adicional sexta
18 / 22En vigor desde 11 mar 2012
El Consejo de Ministros podrá acordar la extinción y liquidación del Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores.
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Proeli/es/rdl/2012/03/09/7#disposicion-adicional-sexta