Art. Disposición final segunda
14 / 15En vigor desde 12 jun 2011
Se autoriza al Gobierno y a la persona titular del Ministerio de Trabajo e Inmigración, en el ámbito de sus competencias, a dictar las disposiciones necesarias para la ejecución y desarrollo de lo establecido en este real decreto-ley.
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Proeli/es/rdl/2011/06/10/7#disposicion-final-segunda