Libro LIBRO CUARTO
Art. Disposición transitoria cuarta
149 / 166En vigor desde 21 dic 2023
Los plazos de toma de posesión previstos en el libro segundo de este real decreto-ley serán directamente aplicables a los procesos que se encuentren en tramitación a su entrada en vigor.
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Proeli/es/rdl/2023/12/19/6#disposicion-transitoria-cuarta