Art. Disposición transitoria octava
Título TÍTULO IV

Art. Disposición transitoria octava

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En vigor desde 31 mar 2022
A las convocatorias de subvenciones vigentes a la entrada en vigor de este real decreto les serán de aplicación las modificaciones operadas en el apartado tercero del artículo 62 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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