Título TÍTULO IV
Art. Disposición final quinta
86 / 124En vigor desde 31 mar 2022
El Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica queda modificado como sigue:
1. Se añade un apartado 4 en el artículo 115, con la siguiente redacción:
«En relación con la necesidad y tramitación de autorizaciones administrativas, las instalaciones de almacenamiento que directa o indirectamente estén conectadas a las redes de transporte y distribución solas o hibridadas tendrán el mismo tratamiento que instalaciones de generación de electricidad.»
2. Se añade un apartado 4 en el artículo 168, con la siguiente redacción:
«A los efectos de inscripción en el registro, las instalaciones de almacenamiento que puedan inyectar energía en las redes de transporte y distribución solas o hibridadas tendrán el mismo tratamiento que instalaciones de producción de electricidad.»
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Proeli/es/rdl/2022/03/29/6#disposicion-final-quinta