Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Transportista único de la red troncal de gas
Art. Disposición derogatoria única
15 / 19En vigor desde 7 may 2009
1. Quedan derogadas las siguientes disposiciones legales y reglamentarias:
a) La disposición adicional vigésimo séptima de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social.
b) El Real Decreto-ley 11/2007, de 7 de diciembre, por el que se detrae de la retribución de la actividad de producción de energía eléctrica el mayor ingreso derivado de la asignación gratuita de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, a excepción de lo establecido en la disposición transitoria sexta.
c) El apartado 1 de la disposición transitoria primera del Real Decreto 40/2009, de 25 de enero, por el que se determinan los valores a aplicar para la financiación de los costes correspondientes a la gestión de los residuos radiactivos y del combustible gastado, y al desmantelamiento y clausura de instalaciones.
2. Asimismo quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en este real decreto-ley.
Redactado el apartado 1.b) conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 137, de 6 de junio de 2009. Ref. BOE-A-2009-9387
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Proeli/es/rdl/2009/04/30/6#disposicion-derogatoria-unica