Art. Disposición final

Art. Disposición final

6 / 6
En vigor desde 1 ene 1986
El presente Real Decreto-ley entrará en vigor el día 1 de enero de 1986.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rdl/1985/12/18/6#disposicion-final