Art. 42
Capítulo CAPÍTULO VII

Art. 42

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En vigor desde 20 feb 2026
1. Las actuaciones necesarias para la reparación de los daños y la protección del dominio público marítimo-terrestre y del dominio público hidráulico, así como las de reparación, rehabilitación y mejora de las infraestructuras hidráulicas de titularidad estatal afectadas por el tren de borrascas se podrán tramitar por el procedimiento establecido en el artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre. 2. Al objeto de financiar las obras previstas en este artículo, se aprueba la concesión de los siguientes créditos extraordinarios en el Presupuesto del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico: a) Crédito extraordinario en la aplicación 23.05.000X.710.10 «A la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir para financiar actuaciones necesarias para paliar los daños en el dominio público hidráulico provocados por los fenómenos meteorológicos extremos de 2026. Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes en respuesta a los daños causados por diversos fenómenos meteorológicos adversos, de especial afectación en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura», por importe de 61.190.000 euros. El crédito extraordinario anterior tendrá la siguiente repercusión en el presupuesto del organismo 105 «Confederación Hidrográfica del Guadalquivir» de la Sección 23 «Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico»: 1.º En el presupuesto de ingresos, en el subconcepto 700.03 «Del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico para financiar actuaciones necesarias para paliar los daños en el dominio público hidráulico provocados por los fenómenos meteorológicos extremos de 2026. Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes en respuesta a los daños causados por diversos fenómenos meteorológicos adversos, de especial afectación en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura», por importe de 61.190.000 euros. 2.º En el presupuesto de gastos, en el programa «452A Gestión e infraestructuras del agua», concepto 612 «Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general. Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes en respuesta a los daños causados por diversos fenómenos meteorológicos adversos, de especial afectación en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura», por importe de 61.190.000 euros. b) Crédito extraordinario en la aplicación 23.05.000X.710.11 «A la Confederación Hidrográfica del Guadiana para financiar actuaciones necesarias para paliar los daños en el dominio público hidráulico provocados por los fenómenos meteorológicos extremos de 2026. Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes en respuesta a los daños causados por diversos fenómenos meteorológicos adversos, de especial afectación en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura», por importe de 14.000.000 euros. El crédito extraordinario anterior tendrá la siguiente repercusión en el presupuesto del organismo 106 «Confederación Hidrográfica del Guadiana» de la Sección 23 «Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico»: 1.º En el presupuesto de ingresos, en el subconcepto 700.03 «Del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico para financiar actuaciones necesarias para paliar los daños en el dominio público hidráulico provocados por los fenómenos meteorológicos extremos de 2026. Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes en respuesta a los daños causados por diversos fenómenos meteorológicos adversos, de especial afectación en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura», por importe de 14.000.000 euros. 2.º En el presupuesto de gastos, en el programa «452A Gestión e infraestructuras del agua», concepto 612 «Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general. Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes en respuesta a los daños causados por diversos fenómenos meteorológicos adversos, de especial afectación en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura», por importe de 14.000.000 euros. c) Crédito extraordinario en la aplicación 23.05.000X.710.12 «A la Confederación Hidrográfica del Tajo para financiar actuaciones necesarias para paliar los daños en el dominio público hidráulico provocados por los fenómenos meteorológicos extremos de 2026. Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes en respuesta a los daños causados por diversos fenómenos meteorológicos adversos, de especial afectación en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura», por importe de 4.000.000 euros. El crédito extraordinario anterior tendrá la siguiente repercusión en el presupuesto del organismo 110 «Confederación Hidrográfica del Tajo» de la Sección 23 «Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico»: 1.º En el presupuesto de ingresos, en el subconcepto 700.03 «Del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico para financiar actuaciones necesarias para paliar los daños en el dominio público hidráulico provocados por los fenómenos meteorológicos extremos de 2026. Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes en respuesta a los daños causados por diversos fenómenos meteorológicos adversos, de especial afectación en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura», por importe de 4.000.000 euros. 2.º En el presupuesto de gastos, en el programa «452A Gestión e infraestructuras del agua», concepto 612 «Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general. Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes en respuesta a los daños causados por diversos fenómenos meteorológicos adversos, de especial afectación en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura», por importe de 4.000.000 euros. d) Crédito extraordinario en la aplicación 23.06.456D.615 «Para financiar actuaciones necesarias para paliar los daños en el dominio público marítimo-terrestre provocados por los fenómenos meteorológicos extremos de 2026. Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes en respuesta a los daños causados por diversos fenómenos meteorológicos adversos, de especial afectación en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura», por importe de 12.000.000 euros. La financiación de los anteriores créditos extraordinarios, se realizará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre.
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