Art. 57
Libro LIBRO PRIMEROTítulo TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 7.ª De las fusiones especiales

Art. 57

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En vigor desde 30 jun 2023
También constituye una fusión la operación mediante la cual una sociedad se extingue transmitiendo en bloque su patrimonio a la sociedad que posee la totalidad de las acciones, participaciones o cuotas correspondientes a aquélla.
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