Libro LIBRO PRIMERO›Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 4.ª De la formalización y de la inscripción de la transformación
Art. 31
31 / 251En vigor desde 30 jun 2023
La eficacia de la transformación quedará supeditada a la inscripción de la escritura pública en el Registro Mercantil, que solo se podrá llevar a cabo una vez acreditado el cumplimiento de las condiciones anteriormente referidas.
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Proeli/es/rdl/2023/06/28/5#art-31