Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final única
20 / 20En vigor desde 31 jul 2018
El presente real decreto-ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y lo estará hasta la vigencia de la nueva legislación orgánica de protección de datos que tenga por objeto adaptar el ordenamiento jurídico español al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y el Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de estos datos, y completar sus disposiciones.
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Proeli/es/rdl/2018/07/27/5#disposicion-final-unica