Art. Disposición derogatoria única
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición derogatoria única

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En vigor desde 28 jun 2024
1. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan al presente real decreto-ley. 2. En particular, queda derogado el artículo 43 bis de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
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