Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 13
13 / 30En vigor desde 24 feb 2019
Por razones de interés general, con objeto de mejorar y reforzar la demanda en el tráfico aéreo y marítimo en el archipiélago balear, se podrán establecer reducciones o bonificaciones sobre las tasas portuarias y aeroportuarias respecto a las vigentes a nivel nacional, con pleno respeto a lo previsto en la normativa de la Unión Europea de aplicación. Se prestará especial atención a las tasas vinculadas al tráfico de contenedores.
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Proeli/es/rdl/2019/02/22/4#art-13