Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 25
25 / 47En vigor desde 24 mar 2015
El Consejo General del Sistema Nacional de Empleo es el principal órgano de consulta y de participación de las administraciones públicas y los interlocutores sociales en el sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral. En esta materia, y en lo que no sea objeto de informe preceptivo por el Consejo General de Formación Profesional, el citado órgano desarrollará, además de las funciones establecidas en este real decreto-ley, las que se establezcan reglamentariamente.
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Proeli/es/rdl/2015/03/22/4#art-25