Art. Disposición transitoria tercera
Título TÍTULO V

Art. Disposición transitoria tercera

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En vigor desde 24 feb 2013
Quedarán sujetos a las disposiciones de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, con las modificaciones introducidas en esta ley, la ejecución de todos los contratos a partir de un año a contar desde su entrada en vigor, aunque los mismos se hubieran celebrado con anterioridad.
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eli/es/rdl/2013/02/22/4#disposicion-transitoria-tercera