Título TÍTULO V
Art. Disposición final novena
61 / 64En vigor desde 24 feb 2013
Se modifica el artículo 15 del Real Decreto-ley 21/2012, de 13 de julio, de medidas de liquidez de las Administraciones públicas y en el ámbito financiero, que queda redactado como sigue:
«Artículo 15. Retención de los recursos del sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común.
Los recursos del sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común que se adhieran a este mecanismo responderán de las obligaciones contraídas con el Estado, mediante retención, de conformidad con lo previsto en la disposición adicional octava de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre de Financiación de las Comunidades Autónomas. Todo ello sin que pueda quedar afectado el cumplimiento de las obligaciones derivadas de las operaciones de endeudamiento con instituciones financieras multilaterales ni de las demás obligaciones derivadas de las operaciones de endeudamiento financiero contempladas en el plan de ajuste.»
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Proeli/es/rdl/2013/02/22/4#disposicion-final-novena