Art. 35
Título TÍTULO IV

Art. 35

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En vigor desde 24 feb 2013
A efectos contables, la extinción de la entidad pública empresarial Ferrocarriles Españoles de Vía Estrecha (FEVE) se entenderá producida a 1 de enero de 2013. En consecuencia, el último ejercicio económico de dicha entidad se entenderá cerrado a 31 de diciembre de 2012.
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eli/es/rdl/2013/02/22/4#art-35