Art. Preambulo
En vigor desde 13 abr 2011
El Instituto Español de Comercio Exterior (ICEX) fue creado por Real Decreto-ley 6/1982, de 2 de abril, sobre inversiones públicas de carácter extraordinario y medidas de fomento de la exportación, como Entidad de Derecho Público con personalidad jurídica propia bajo el nombre de Instituto Nacional de Fomento a la Exportación (INFE), cambiando su denominación mediante Real Decreto 1417/1987, de 13 de noviembre, a Instituto Español de Comercio Exterior (ICEX), con el mandato de promover las exportaciones españolas.
En estos 29 años, el proceso de internacionalización de la economía española ha sido vertiginoso, de forma que la misión y objetivos del ICEX que figuran en el Real Decreto-ley fundacional han quedado desfasados.
Al importante grado de apertura logrado por la economía española se añaden los drásticos cambios que ha sufrido el contexto económico internacional. Los intercambios mundiales están marcados por el proceso de globalización, impulsado por la expansión de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TICs), que ha dado lugar a un nuevo modelo de comercio e inversión internacional altamente competitivo, en que los países emergentes juegan un papel cada vez más relevante.
Organismos homólogos al ICEX de alto reconocimiento y tradición en el apoyo institucional a la internacionalización empresarial, pertenecientes a países OCDE, han entendido este nuevo marco internacional y están evolucionando en consecuencia. Esta es la vía que el ICEX debe igualmente seguir.
En el ámbito nacional, y como desarrollo del marco constitucional, se ha forjado un complejo sistema institucional de apoyo a la internacionalización que cuenta con múltiples actores, cuyas competencias abarcan en unos casos la totalidad del territorio nacional y en otros se mantienen a nivel de Comunidad Autónoma. Este sistema demanda de un liderazgo cooperativo por parte de ICEX que haga emerger sinergias, aglutine esfuerzos y logre una gestión eficiente y eficaz de los recursos públicos destinados a la internacionalización empresarial. Y ello siendo particularmente sensible a las necesidades específicas de las Comunidades Autónomas en proceso de convergencia y ultraperiféricas.
En los últimos años el número de empresas que apuestan por los mercados exteriores está siendo cada vez mayor, como cada vez también lo es el número de ellas que llega a las últimas fases del proceso de internacionalización. Esta evolución supone un incremento de los servicios solicitados al ICEX y, lo que es más importante, una demanda exigente de mayor calidad y especialización de los mismos. Las empresas demandan prestaciones personalizadas y de alto valor añadido que respondan a sus necesidades específicas en mercados concretos, que complementen los tradicionales servicios generalistas de apoyo a la exportación.
Se une a todo lo anterior la actual coyuntura de crisis económica. La internacionalización está siendo –como lo ha sido en anteriores crisis económicas- una de las palancas sobre las que se apoya la recuperación económica. La evolución hacia un modelo de crecimiento de nuestra economía más sólido, estable y sostenible, que garantice la recuperación del empleo, pasa por la internacionalización de las empresas.
La crisis actual ha aumentado la urgencia entre las empresas por salir a los mercados exteriores y ha acentuado la presión que ejercen sobre el ICEX y sus servicios, en un momento de restricciones presupuestarias generalizadas que condicionan su capacidad de reacción. A su vez, las dificultades de acceso a la financiación privada por parte de las empresas complica más la situación, siendo éste uno de los principales factores limitativos que destacan las empresas en su proceso de internacionalización. Este escenario requiere que el Gobierno amplíe el abanico de apoyos del ICEX, compatibilizando las actuales aportaciones dinerarias sin contraprestación y actuaciones de promoción sectorial con actuaciones específicamente dirigidas a cubrir las necesidades individuales de las empresas, como préstamos participativos y otros instrumentos de financiación y apoyo adaptados a las necesidades empresariales actuales. Pero además, el ICEX debe convertirse, independientemente de la coyuntura económica, en una entidad más moderna y eficaz, que funcione con criterios más próximos a los empresariales y ofrezca servicios de mayor calidad y valor añadido, debidamente evaluados, y de manera más ágil y flexible para adaptarse a las prioridades cambiantes de la política de apoyo a la internacionalización. Debe tener mayores incentivos para autofinanciarse, obtener recursos y colaborar de manera más estrecha con el resto de organismos que actúan en este ámbito, siempre actuando de manera complementaria a las actividades que desarrolle el sector privado.
El presente Real Decreto-ley tiene como fin adaptar el ICEX al contexto actual antes descrito, potenciando su capacidad de actuación y financiación, especialmente dirigida a las PYMES, transformando su naturaleza jurídica de un ente público de carácter administrativo a una entidad pública empresarial.
Bajo la forma de entidad pública empresarial, el ICEX podrá:
obtener una mayor agilidad y eficiencia en su gestión económica interna, que permita maximizar el impacto de sus recursos;
aumentar la oferta de servicios personalizados y de mayor calidad a las empresas;
poner en marcha operaciones de inversión financiera, permitiendo la concesión de préstamos a las empresas, de carácter participativo y de otros tipos.
La reforma del ICEX ha sido incluida en el Acuerdo Social y Económico para la Competitividad, el Empleo y la Garantía de las Pensiones de 2 febrero 2011, lo que es muestra del interés compartido de los agentes sociales y el gobierno en esta iniciativa.
La transformación del ICEX no se puede demorar en cuanto el contexto económico exige realizar los mayores esfuerzos para dinamizar a internacionalización de las empresas, proceso que tiene efectos directos sobre el crecimiento económico y sobre la creación de empleo. La transformación del ICEX permitirá, por un lado, una mayor flexibilidad, sin renunciar al necesario control, para reasignar recursos con mayor agilidad a las áreas de actividad con mayor demanda empresarial en función de las prioridades cambiantes de política comercial y de apoyo a la internacionalización. Por otro, potenciar y acelerar las implantación de nuevas medidas internas de gestión, al introducir un cambio sustancial en su orientación estratégica y cultura de trabajo, todo ello en beneficio de las PYMES, principales clientes del ICEX y, por tanto, principales beneficiarios de la reforma.
Es fundamental apuntalar y consolidar la importante recuperación que ya se ha iniciado en 2010 en nuestras exportaciones de bienes, servicios y capitales, tras la fuerte caída experimentada en 2009, ya que ello se traducirá en mayor crecimiento para nuestra economía y creación de empleo. Ello exige redefinir y aplicar nuevas medidas de apoyo y acompañamiento a nuestras empresas con celeridad, ya que su impacto se demorará unos meses. Es, por ello, urgente configurar al ICEX para que pueda realizar su importante función con la mayor brevedad.
La puesta en práctica de la reforma del ICEX con la debida celeridad exige acudir al procedimiento del Real Decreto-ley.
Por otra parte, se ha considerado oportuno incluir, habiéndose constatado también su urgencia, una disposición final a efectos de modificar el Real Decreto-Ley 13/2009, de 26 de octubre, por el que se crea el Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local, a los efectos de ampliar de 6 a 12 meses la posibilidad de prórroga para acreditar la ejecución de las obras, suministros o servicios por parte de los Ayuntamientos.
En su virtud, en uso de la autorización contenida en el artículo 86 de la Constitución española, a propuesta del Ministro de Industria, Turismo y Comercio, previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de abril de 2011,
DISPONGO:
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Proeli/es/rdl/2011/04/08/4#preambulo-preambulo