Art. Disposición adicional quinta
Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición adicional quinta

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En vigor desde 1 ene 2021
Las medidas recogidas en este real decreto-ley se financiarán de conformidad con lo previsto en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, dentro de las disponibilidades presupuestarias.
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