Art. Disposición final decimosegunda
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición final decimosegunda

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En vigor desde 1 ene 2021
1. Lo dispuesto en los artículos 63 y 64 del presente real decreto-ley tiene rango reglamentario. 2. La modificación del Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, prevista en la disposición final octava del presente real decreto-ley tiene rango reglamentario.
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